°ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 | Preguntas Frecuentes sobre la resoluci¨®n 1540 (2004)

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°ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540
°ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resoluci¨®n 1540 (2004)

Preguntas Frecuentes sobre la resoluci¨®n 1540 (2004) del Consejo de Seguridad

1.  ?Qu¨¦ es la resoluci¨®n 1540 y por qu¨¦ es importante?
2.  ?Qu¨¦ se pide a los Estados en la resoluci¨®n 1540 (2004)?
3.  ?Por qu¨¦ es pertinente la resoluci¨®n 1540 para los Estados que no poseen armas de destrucci¨®n en masa?
4.  ?Cu¨¢l es el valor a?adido de la resoluci¨®n 1540 (2004) si la mayor¨ªa de los Estados ya han asumido obligaciones internacionales en ¨¢mbitos relacionados con la no proliferaci¨®n, por ejemplo, a trav¨¦s del Tratado sobre la No Proliferaci¨®n de las Armas Nucleares, la Convenci¨®n sobre las Armas Qu¨ªmicas y la Convenci¨®n sobre las Armas Biol¨®gicas?
5.  ?Qu¨¦ relaci¨®n existe entre la resoluci¨®n 150 (2004) y la lucha contra el terrorismo?
6.  ?Qu¨¦ es el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 y c¨®mo funcionan el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y sus expertos?
7.  ?Es el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ establecido en virtud de la resoluci¨®n 1540 un comit¨¦ de sanciones? ?Lleva a cabo investigaciones o acciones judiciales?
8.  ?Qu¨¦ relaci¨®n existe entre el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 y los dem¨¢s comit¨¦s del Consejo de Seguridad que se ocupan de la lucha contra el terrorismo?
9.  ?Qu¨¦ papel desempe?an las organizaciones internacionales regionales y subregionales en la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n y c¨®mo se mantienen en contacto con el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦?
10.  ?C¨®mo alienta el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ a los Estados a aplicar la resoluci¨®n?
11.  ?Qu¨¦ son las matrices del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y qu¨¦ significan la equis, y el signo de interrogaci¨®n?
12.  ?Qu¨¦ listas de control pueden utilizarse en relaci¨®n con la aplicaci¨®n de los controles de las exportaciones?
13. ? ?Con qu¨¦ frecuencia deben presentar informes los Estados al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦?
14.  ?Qu¨¦ tipo de asistencia existe?
15.  ?Con qu¨¦ mecanismo se emparejan los ofrecimientos y las solicitudes de asistencia?
16.  ?Qu¨¦ relaci¨®n existe entre el fortalecimiento de la capacidad en el contexto de la resoluci¨®n 1540 y el desarrollo?


1.  ?Qu¨¦ es la resoluci¨®n 1540 (2004) y por qu¨¦ es importante?

La resoluci¨®n 1540 (2004) es una decisi¨®n del Consejo de Seguridad adoptada en virtud del Cap¨ªtulo VII de la Carta de las Naciones Unidas. En ella se afirma que la proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas, as¨ª como de sus sistemas vectores, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales. La resoluci¨®n es un instrumento vinculante importante, que define el tr¨¢fico il¨ªcito de armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas y de sus sistemas vectores y materiales conexos como una nueva dimensi¨®n de la proliferaci¨®n y reconoce el v¨ªnculo entre la proliferaci¨®n y el riesgo que plantea la adquisici¨®n de tales armas o materiales por agentes no estatales, en particular con objetivos terroristas. Mientras que otros instrumentos jur¨ªdicos internacionales regulan principalmente las actividades de los Estados, la resoluci¨®n 1540 (2004) responde a la amenaza que representan los agentes no estatales. La resoluci¨®n exige a los Estados que se abstengan de prestar cualquier tipo de apoyo a esos agentes para actividades relacionadas con la proliferaci¨®n e impedir que realicen actividades il¨ªcitas de esa ¨ªndole.

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2. ?Qu¨¦ se pide a los Estados en la resoluci¨®n 1540 (2004) del Consejo de Seguridad?

En la resoluci¨®n 1540 (2004) se establece que todos los Estados deben abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas nucleares, qu¨ªmicas o biol¨®gicas y sus sistemas vectores.

Tambi¨¦n se establece que los Estados, de conformidad con sus procedimientos nacionales, deben adoptar y hacer cumplir leyes eficaces apropiadas que proh¨ªban a todos los agentes no estatales la fabricaci¨®n, la adquisici¨®n, la posesi¨®n, el desarrollo, el transporte, la transferencia o el empleo de armas nucleares, qu¨ªmicas o biol¨®gicas y sus sistemas vectores, en particular con fines de terrorismo, as¨ª como las tentativas de realizar cualquiera de las actividades antes mencionadas, participar en ellas en calidad de c¨®mplices, prestarles asistencia o financiarlas.

En la resoluci¨®n se dispone tambi¨¦n que los Estados deben adoptar y hacer cumplir medidas eficaces para instaurar controles nacionales a fin de prevenir la proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas o biol¨®gicas y de sus sistemas vectores, incluso estableciendo controles adecuados de los materiales conexos,y con tal fin deben hacer lo siguiente:

a) Establecer y mantener medidas eficaces y apropiadas para contabilizar esos art¨ªculos y garantizar su seguridad en su producci¨®n, uso, almacenamiento o transporte;

b) Establecer y mantener medidas eficaces apropiadas de protecci¨®n f¨ªsica;

c) Establecer y mantener controles fronterizos eficaces apropiados y medidas para hacer cumplir la ley con el fin de detectar, desalentar, prevenir y combatir, incluso por medio de la cooperaci¨®n internacional cuando sea necesario, el tr¨¢fico y la intermediaci¨®n en el comercio il¨ªcitos de esos art¨ªculos, de conformidad con sus atribuciones legales y su legislaci¨®n nacional y con arreglo al derecho internacional;

d) Establecer, desarrollar, examinar y mantener controles nacionales eficaces apropiados de la exportaci¨®n y el trasbordo de esos art¨ªculos, con inclusi¨®n de leyes y reglamentos adecuados para controlar la exportaci¨®n, el tr¨¢nsito, el trasbordo y la reexportaci¨®n, y controles del suministro de fondos y servicios relacionados con esas exportaciones y transbordos, como la financiaci¨®n y el transporte que pudieran contribuir a la proliferaci¨®n, as¨ª como controles de los usuarios finales, y establecer y aplicar sanciones penales o civiles adecuadas a las infracciones de esas leyes y reglamentos de control de las exportaciones.

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3.  ?Por qu¨¦ es pertinente la resoluci¨®n 1540 (2004) para los Estados que no poseen armas de destrucci¨®n en masa?

La resoluci¨®n 1540 (2004) es pertinente para todos los Estados, dado que el Consejo de Seguridad ha reconocido que la proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas, as¨ª como sus sistemas vectores, constituye una amenaza a la paz y la seguridad internacionales que afecta a todos los Estados. Si se emplearan armas de destrucci¨®n en masa o se amenazara con emplearlas, ning¨²n Estado de la comunidad internacional ser¨ªa inmune a las consecuencias que eso tendr¨ªa a nivel mundial.

Adem¨¢s, las personas o entidades que realizan actividades relacionadas con la proliferaci¨®n, incluidas las actividades terroristas y el tr¨¢fico il¨ªcito, o prestan apoyo a quienes las realizan act¨²an a trav¨¦s de las fronteras nacionales o en territorios diferentes. Muchos Estados tienen industrias o instituciones que poseen o comercializan materiales conexos que tambi¨¦n podr¨ªan utilizarse en programas de armas de destrucci¨®n en masa (materiales de doble uso). Por ello, todos los Estados deben participar y cooperar activamente en las iniciativas de no proliferaci¨®n de la comunidad internacional.

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4.  ?Cu¨¢l es el valor a?adido de la resoluci¨®n si la mayor¨ªa de los Estados ya han asumido obligaciones internacionales en ¨¢mbitos relacionados con la no proliferaci¨®n, por ejemplo, a trav¨¦s del Tratado sobre la No Proliferaci¨®n de las Armas Nucleares, la Convenci¨®n sobre las Armas Qu¨ªmicas y la Convenci¨®n sobre las Armas Biol¨®gicas?

La resoluci¨®n complementa los tratados y acuerdos multilaterales pertinentes exigiendo a todos los Estados que cumplan las obligaciones enunciadas en ella, independientemente de su situaci¨®n respecto a los tratados y acuerdos. Mediante su enfoque integrado, la resoluci¨®n tiene por objeto prevenir la proliferaci¨®n de las armas de destrucci¨®n en masa y sus sistemas vectores, as¨ª como el tr¨¢fico il¨ªcito de materiales relacionados con esas armas, en particular por lo que respecta a las actividades de los agentes no estatales. La resoluci¨®n es especialmente pertinente en el plano pr¨¢ctico. Por ejemplo, al aplicarla, los Estados integran mejor su capacidad nacional, por ejemplo, mediante los organismos encargados de hacer cumplir la ley y del control fronterizo, para prevenir la proliferaci¨®n y el tr¨¢fico il¨ªcito de armas de destrucci¨®n en masa, con lo cual se refuerzan las obligaciones que incumben a los Estados en virtud de los tratados.

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5.  ?Qu¨¦ relaci¨®n existe entre la resoluci¨®n 1540 (2004) y la lucha contra el terrorismo?

El principal objetivo de la resoluci¨®n es prevenir la proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas y sus sistemas vectores, para lo cual proh¨ªbe a todos los agentes no estatales participar en actividades relacionadas con la proliferaci¨®n, en particular con fines terroristas. La resoluci¨®n no se centra exclusivamente en los terroristas, sino que utiliza el concepto m¨¢s amplio de ?agente no estatal?, que define como ?persona f¨ªsica o entidad que no act¨²a bajo la autoridad leg¨ªtima de un Estado en la ejecuci¨®n de actividades comprendidas en el ¨¢mbito de la presente resoluci¨®n?. Su prop¨®sito es impedir que los agentes no estatales adquieran o empleen armas proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas o sus sistemas vectores y disuadir del tr¨¢fico il¨ªcito de art¨ªculos relacionados con las armas. Aunque no trata directamente de la lucha contra el terrorismo, la resoluci¨®n abarca una amplia gama de actividades de no proliferaci¨®n que son diferentes pero complementarias de la lucha contra el terrorismo, puesto que tienen por objeto reducir el riesgo de proliferaci¨®n, que podr¨ªa conducir al empleo de armas proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas con fines terroristas. A pesar de la singularidad del mandato de no proliferaci¨®n que figura en la resoluci¨®n en relaci¨®n con otras medidas para luchar contra el terrorismo, el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 est¨¢ vinculado intr¨ªnsecamente con los comit¨¦s de las Naciones Unidas que se encargan de la lucha contra el terrorismo y la labor de estos.

Por su parte, la lucha contra el terrorismo incluye la promoci¨®n por los Estados de medidas legislativas y para hacer cumplir la ley, como las que fomentan los comit¨¦s del Consejo de Seguridad que se encargan de la lucha contra el terrorismo, que abarcan una amplia gama de actividades terroristas en que se emplean todas las armas disponibles u otros medios letales. Al mejorar las condiciones de seguridad de los Estados, esas medidas antiterroristas complementan la labor del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ para promover la seguridad de los Estados frente a los riesgos que se derivan de la proliferaci¨®n de art¨ªculos relacionados con las armas de destrucci¨®n en masa.

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6.  ?Qu¨¦ es el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 y c¨®mo funcionan el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y sus expertos?

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 es un ¨®rgano subsidiario del Consejo de Seguridad y est¨¢ integrado por los 15 Estados que sean miembros del Consejo. El mandato y el alcance de las actividades del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ dimanan de la resoluci¨®n y otras resoluciones posteriores, concretamente las resoluciones , , , y , as¨ª como de los programas de trabajo presentados por la Presidencia del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ a la Presidencia del Consejo de Seguridad. En el noveno programa de trabajo el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ estableci¨® grupos de trabajo, que ha mantenido posteriormente, sobre los siguientes ¨¢mbitos:

i) Seguimiento y aplicaci¨®n nacional;

ii) Asistencia;

iii) Cooperaci¨®n con organizaciones internacionales, incluidos los °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦s del Consejo de Seguridad establecidos en virtud de las resoluciones 1267 (1999) y 1373 (2001);

iv) Transparencia y divulgaci¨®n en los medios de comunicaci¨®n.

Pueden formar parte de los grupos de trabajo todos los miembros del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ establecido en virtud de la resoluci¨®n 1540 (2004). 

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ recibe asistencia de un Grupo de Expertos. Los expertos y su coordinador/a son nombrados por el Secretario General despu¨¦s de que el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ apruebe su contrataci¨®n. De conformidad con la resoluci¨®n , pueden ser nombrados hasta nueve expertos. La Divisi¨®n de Asuntos del Consejo de Seguridad del Departamento de Asuntos Pol¨ªticos y de Consolidaci¨®n de la Paz brinda apoyo al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 y a su Grupo de Expertos.

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7.  ?Es el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 un comit¨¦ de sanciones? ?Lleva a cabo investigaciones o acciones judiciales?

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 no es un comit¨¦ de sanciones. No lleva a cabo investigaciones ni acciones judiciales por presuntos incumplimientos de las obligaciones en materia de no proliferaci¨®n. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y su Grupo de Expertos desean mantener relaciones de cooperaci¨®n con la comunidad internacional a fin de facilitar que todos los Estados apliquen la resoluci¨®n .

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8.  ?Qu¨¦ relaci¨®n existe entre el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 y los dem¨¢s comit¨¦s del Consejo de Seguridad que se encargan de la lucha contra el terrorismo?

Esta pregunta se refiere a tres ¨®rganos subsidiarios del Consejo de Seguridad: el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ del Consejo de Seguridad establecido en virtud de las resoluciones 1267 (1999), 1989 (2001) y 2253 (2015) relativas al ISIL (Daesh), Al-Qaida y personas, grupos, empresas y entidades asociadas, y el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resoluci¨®n 1373 (2001) ¡ªo °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ contra el Terrorismo¡ª, y la resoluci¨®n 1540 (2004).

El Consejo de Seguridad alienta de forma expl¨ªcita la cooperaci¨®n de estos °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦s, dado que todos ellos forman parte de las iniciativas de las Naciones Unidas para luchar contra el terrorismo en general. En particular, en las resoluciones , , y se reitera la necesidad de intensificar la cooperaci¨®n que mantienen el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 y los otros dos ¨®rganos subsidiarios, incluso, seg¨²n procediera, mediante, ?un mejor intercambio de informaci¨®n, la coordinaci¨®n de las visitas a los pa¨ªses dentro de sus respectivos mandatos, la asistencia t¨¦cnica y otras cuestiones de inter¨¦s para los tres °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦s?.

Estos °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦s ofrecen peri¨®dicamente reuniones conjuntas para informar al Consejo de Seguridad, en las cuales los Estados pueden formular observaciones acerca de la labor de los °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦s y del desarrollo de la cooperaci¨®n mutua.

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9.  ?Qu¨¦ papel desempe?an las organizaciones internacionales regionales y subregionales en la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n y c¨®mo se mantienen en contacto con el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦?

Las organizaciones internacionales, en particular las que trabajan en el ¨¢mbito del desarme y la no proliferaci¨®n de las armas nucleares, qu¨ªmicas y biol¨®gicas, pueden desempe?ar un papel fundamental en lo que respecta a ayudar a sus Estados miembros a aplicar la resoluci¨®n mediante sus programas respectivos. Al respecto, son importantes el Organismo Internacional de Energ¨ªa At¨®mica (OIEA), la Organizaci¨®n para la Prohibici¨®n de las Armas Qu¨ªmicas y la Dependencia de Apoyo a la Aplicaci¨®n de la Convenci¨®n sobre las Armas Biol¨®gicas. Otras organizaciones de este tipo son la Organizaci¨®n Internacional de Polic¨ªa Criminal (INTERPOL), el Grupo de Acci¨®n Financiera Internacional (GAFI), la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD), la Organizaci¨®n Mundial de Aduanas (OMA), la Organizaci¨®n Mundial de la Salud (OMS) y la Organizaci¨®n Mundial de Sanidad Animal (OIE).

Las organizaciones regionales tambi¨¦n desempe?an un papel vital a la hora de apoyar a sus miembros en la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n 1540 (2004), algunas de las cuales cuentan con programas espec¨ªficos relacionados con dicha resoluci¨®n, como la Uni¨®n Europea (UE), la Organizaci¨®n de Estados Americanos (OEA) y la Organizaci¨®n para la Seguridad y la Cooperaci¨®n en Europa (OCSE).

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ mantiene relaciones de trabajo con diversas organizaciones internacionales y regionales y seguir¨¢ intensificando esas relaciones, entre otros medios estableciendo m¨¢s arreglos de cooperaci¨®n oficiales y oficiosos para facilitar el intercambio de informaci¨®n sobre pr¨¢cticas id¨®neas y ense?anzas adquiridas, formular y aplicar normas y definir las necesidades y los programas de asistencia.

En el marco de su programa de trabajo, el grupo de trabajo del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ sobre cooperaci¨®n con organizaciones internacionales, incluidos los °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦s del Consejo de Seguridad establecidos en virtud de las resoluciones y , est¨¢ colaborando con las organizaciones pertinentes mediante reuniones informativas y visitas de expertos.

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10.  ?C¨®mo alienta el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ a los Estados a aplicar la resoluci¨®n?

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ trata de promover la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n mediante el di¨¢logo, la divulgaci¨®n, la asistencia y la cooperaci¨®n utilizando varios instrumentos, como sus matrices, un formulario para solicitar asistencia, la participaci¨®n en seminarios y actos relacionados con la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n y la informaci¨®n que se publica en su sitio web (v¨¦ase la lista de actividades de divulgaci¨®n Disponible en inglés).

Las actividades de divulgaci¨®n ofrecen un foro a los Estados participantes para dar a conocer sus experiencias y distintos enfoques respecto a la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n . Asimismo, fomentan la cooperaci¨®n entre cada uno de los Estados y el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ mediante consultas bilaterales y an¨¢lisis de medidas futuras, como la preparaci¨®n de planes de acci¨®n nacionales de car¨¢cter voluntario, a fin de promover el desarrollo de la capacidad a nivel nacional y regional.

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ alienta a los Estados a examinar su legislaci¨®n y sus pr¨¢cticas vigentes, as¨ª como a considerar las medidas necesarias para colmar las deficiencias que puedan existir.

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11.  ?Qu¨¦ son las matrices del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y qu¨¦ significan la equis, "X", el signo de interrogaci¨®n,"?", y "NA" ?

Las matrices del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ son un instrumento que utiliza este para reflejar las medidas que han adoptado o tienen previsto adoptar los Estados a fin de cumplir las obligaciones dimanantes de la resoluci¨®n. La informaci¨®n plasmada en las matrices procede de los Estados y las organizaciones intergubernamentales. Las matrices incluyen las obligaciones dimanantes de la resoluci¨®n y pueden ayudar a los Estados a detectar ¨¢mbitos en que adoptar medidas. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y sus expertos utilizan las matrices para las actividades de di¨¢logo y asistencia.

Una equis (X) en cualquier campo de datos significa ¨²nicamente que el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540 considera que un Estado ha tomado las medidas necesarias y/o ha proporcionado referencias espec¨ªficas a la base jur¨ªdica aplicable o medidas ejecutivas como prueba de tales medidas. Una "X" en cualquier campo de datos no significa necesariamente que un Estado haya cumplido ¨ªntegramente sus obligaciones 1540 para ese campo.

Un signo de interrogaci¨®n (?) en cualquier campo de datos significa que las referencias a medidas legislativas o de otro tipo pueden no ser directamente pertinentes o estar incompletas.

Un "NA" en cualquier campo de datos significa que el campo de datos no es aplicable a ese Estado cuando mediante instrumentos jur¨ªdicamente vinculantes los Estados especificaron que no poseen materiales o instalaciones relacionados.

Un espacio en blanco en cualquier campo de datos solo significa que el Estado no ha facilitado informaci¨®n o el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ no dispone de ella.

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12.  ?Qu¨¦ listas de control pueden utilizarse en relaci¨®n con la aplicaci¨®n de los controles de las exportaciones?

El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ no aprueba listas de control ni pide a los Estados que las aprueben. Cada Estado puede aprobar las listas de materiales, agentes o tecnolog¨ªa que considere oportunas. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ reconoce que existen varios tratados internacionales, organizaciones intergubernamentales y acuerdos o arreglos multilaterales o regionales en cuyo marco se han aprobado listas de productos estrat¨¦gicos que son de dominio p¨²blico.

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13.  ?Con qu¨¦ frecuencia deben los Estados presentar informes al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦?

Los Estados deben presentar un primer informe al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ sobre las medidas que hayan adoptado o tengan previsto adoptar para aplicar la resoluci¨®n. En las resoluciones posteriores a la resoluci¨®n 1540 (2004) se pide a los Estados que a¨²n no hayan presentado su primer informe que lo presenten sin demora y a los Estados que lo hayan hecho que faciliten, en cualquier momento o a petici¨®n del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦, informaci¨®n complementaria. Al 1 de enero de 2023, 185 Estados y una organizaci¨®n regional hab¨ªan presentado al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ su primer informe y 124 hab¨ªan facilitado informaci¨®n complementaria (v¨¦ase la p¨¢gina sobre los informes nacionales del sitio web del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦). No es necesario que un Estado disponga de toda la legislaci¨®n y aplique todas las medidas antes de presentar un informe al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦. Los Estados pueden incluir tambi¨¦n en sus informes una solicitud de asistencia para facilitar la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n 1540 (2004).

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14.  ?Qu¨¦ tipo de asistencia existe?

En el p¨¢rrafo 7 de la resoluci¨®n 1540 (2004), el Consejo de Seguridad reconoci¨® ?que algunos Estados pueden necesitar asistencia para poner en pr¨¢ctica? la resoluci¨®n e invit¨® a los Estados a que ofrecieran esa asistencia de los Estados que la pidieran. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ ofrece su experiencia t¨¦cnica a los Estados para la elaboraci¨®n de los informes que deben presentarle, la preparaci¨®n de solicitudes de asistencia y la planificaci¨®n de la ejecuci¨®n, pero solo en la medida en que lo permitan sus recursos o las contribuciones voluntarias que recibe. Sin embargo, existen muchas otras fuentes de asistencia para ayudar a los Estados a aplicar las disposiciones de la resoluci¨®n. En muchos casos, los Estados recurren a programas de asistencia que exist¨ªan antes de que se aprobara la resoluci¨®n, como los del Organismo Internacional de Energ¨ªa At¨®mica y la Organizaci¨®n para la Prohibici¨®n de las Armas Qu¨ªmicas, los programas que ofrecen distintos Estados e incluso la asistencia que prestan fundaciones privadas u organizaciones no gubernamentales, que responden directamente a una obligaci¨®n dimanante de la resoluci¨®n. Adem¨¢s, varios organismos han creado nuevos programas de asistencia dise?ados espec¨ªficamente con el fin de aplicar la resoluci¨®n. El sitio web del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ contiene m¨¢s informaci¨®n sobre los ofrecimientos de asistencia de los Estados, as¨ª como los programas de asistencia de organizaciones internacionales u otros arreglos.

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15.  ?Con qu¨¦ mecanismo se emparejan los ofrecimientos y las solicitudes de asistencia?

En el p¨¢rrafo 7 de la resoluci¨®n 1540 (2004), el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas invit¨® a los Estados a que ofrecieran asistencia a otros Estados ?que la pidan concretamente?. En la actualidad, los Estados deben hacer llegar al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ las solicitudes u ofrecimientos mediante una comunicaci¨®n oficial a su Presidencia o incluirlos en los informes que presenten al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦. Adem¨¢s, el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ conoce varios programas de asistencia pertinentes de diversos Estados y organismos internacionales. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ tambi¨¦n coordina las solicitudes y los ofrecimientos publicando estos ¨²ltimos en su sitio web, remitiendo las solicitudes de asistencia directamente a los organismos que hayan ofrecido asistencia y, posteriormente, aprobando la publicaci¨®n de res¨²menes de las solicitudes en el sitio web. En sus actividades de divulgaci¨®n, el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ tambi¨¦n ha alentado a los Estados a formular solicitudes Disponible en inglés y a concretarlas m¨¢s, para cuyo fin cre¨® un formulario para solicitar asistencia que se publica en el sitio web del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ 1540.

Desde que se aprobaron las resoluciones 1810 (2008), 1977 (2011) y 2325 (2016), se ha instado al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ constantemente a participar ?activamente en la equiparaci¨®n de los ofrecimientos y las solicitudes de asistencia por medios tales como modelos de asistencia, planes de acci¨®n y dem¨¢s informaci¨®n que reciba? (p¨¢rrafos 11 c), 15 y 20 respectivamente), lo cual ha venido haciendo de manera oficial y oficiosa. Se revisan los procedimientos de asistencia para que la tramitaci¨®n, el examen y el emparejamiento de las solicitudes y los ofrecimientos sea lo m¨¢s eficiente y eficaz posible.

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16.  ?Qu¨¦ relaci¨®n existe entre el fortalecimiento de la capacidad en el contexto de la resoluci¨®n 1540 (2004) y el desarrollo?

Si bien se ofrece asistencia a los Estados para facilitar la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n , muchos tienen que desarrollar su capacidad en lo que consideran esferas de m¨¢xima prioridad, como el desarrollo. El potencial valor de integrar el cumplimiento de las obligaciones dimanantes de la resoluci¨®n en iniciativas para conseguir objetivos nacionales m¨¢s amplios se reconoci¨® en el informe sobre la Revisi¨®n general de 2009. Los Estados y las organizaciones internacionales pueden prestar asistencia para la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n que complemente o contribuya al desarrollo de la capacidad, por ejemplo, en los ¨¢mbitos de los controles fronterizos y de aduanas, la seguridad del transporte y la salud p¨²blica. Tambi¨¦n pueden integrarse proyectos para aplicar la resoluci¨®n en los programas de desarrollo cuyo objetivo sea mejorar la infraestructura nacional.

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