Informaci¨®n general
En su
, el Consejo de Seguridad reconoci¨® que algunos Estados pod¨ªan necesitar asistencia para poner en pr¨¢ctica las disposiciones de la resoluci¨®n e invit¨® a los Estados que estuvieran en condiciones de hacerlo a que prestaran esa asistencia, seg¨²n procediera, a los Estados que la pidieran concretamente. En el p¨¢rrafo 5 de la resoluci¨®n 1810 (2008), el Consejo de Seguridad alent¨® a los Estados que tuvieran solicitudes de asistencia a que las transmitieran al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y usaran el formulario del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ para tal fin.
En la
se puso de relieve la importancia de prestar a los Estados, a solicitud de estos, una asistencia efectiva que satisficiera sus necesidades. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ de por s¨ª no proporciona asistencia, pero realiza una funci¨®n de emparejamiento para facilitar la asistencia que puedan prestar otras entidades para la aplicaci¨®n de la resoluci¨®n. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ empareja solicitudes de Estados con ofrecimientos de Estados u organizaciones internacionales, regionales o subregionales que est¨¦n en condiciones de prestar asistencia (v¨¦ase tambi¨¦n
(2008)). Uno de los aspectos de esa funci¨®n es proporcionar informaci¨®n a partir de la cual puedan prepararse y ejecutarse proyectos de asistencia. Al respecto, el °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ publica en su sitio web lo siguiente:
- Un resumen de las solicitudes de asistencia
y - Una lista de los Estados y organizaciones internacionales que ofrecen asistencia
.
Las solicitudes de asistencia pueden presentarse al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ de varias maneras. Pueden enviarse oficialmente al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦, por ejemplo, en un informe nacional o simplemente en una nota verbal dirigida a la Presidencia del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦. En cualquier caso, se alienta a los Estados a que utilicen el modelo de formulario disponible para presentar sus solicitudes. El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ ha aprobado procedimientos para responder a las solicitudes de asistencia y facilitar el emparejamiento, que consisten en lo siguiente:
- Se autentifica una solicitud;
- Se acusa recibo de la solicitud;
- Se transmite la solicitud a los posibles proveedores de asistencia;
- Se publica un resumen de la solicitud en el sitio web del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦, con la autorizaci¨®n del Estado solicitante;
- Los expertos del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ llevan a cabo el emparejamiento de manera oficiosa.
El °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ tambi¨¦n dispone de procedimientos para responder a los ofrecimientos de asistencia, que consisten en lo siguiente:
- Se transmiten a los miembros del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ los ofrecimientos de asistencia respecto a una solicitud determinada;
- Se informa a los Estados solicitantes de los ofrecimientos y se les pide que comuniquen al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ y a los proveedores de asistencia si tienen la intenci¨®n de aceptar alguno;
- Si se acepta el ofrecimiento, pedir al Estado receptor y al proveedor de asistencia que informen sobre el proceso de prestaci¨®n de asistencia y sobre su conclusi¨®n.
Otro aspecto de la funci¨®n de coordinador de informaci¨®n del °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ es un proceso de presentaci¨®n de informes sobre los tipos de asistencia prestada para satisfacer las necesidades. Hasta la fecha han presentado informes al °ä´Ç³¾¾±³Ù¨¦ Estados que han prestado o proporcionado asistencia en diversos ¨¢mbitos.
